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Feria Barcelona Wine Week 2027

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de empresas de la Provincia de Cádiz en la actuación Participación en la Feria Barcelona Wine Week 2027 que se desarrollará del 8 al 10 de febrero de 2027. Esta actuación va dirigida a empresas acogidas a las Denominaciones de Origen: Vinos de Jerez y Manzanilla y, la IG Vinos de Cádiz.

Entidades Cofinanciadoras
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Importante


El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00h del día 6 de noviembre de 2026 y finaliza el 13 de noviembre de 2026 a las 14:00 horas, o una vez se hayan cubierto las solicitudes de ayuda aprobadas por la Cámara de Comercio de Jerez

Desde el Área de Planificación, Coordinación y Desarrollo Estratégico de la Diputación de Cádiz, apuestan por reforzar las acciones de promoción de nuestro tejido empresarial. En este ámbito se incluyen Visitas a ferias, Misiones comerciales, Misiones Inversas, Misiones exposición, participación a ferias, o cualquier otra que sea necesaria en respuesta al interés del tejido empresarial de nuestra provincia.

Esta convocatoria de ayudas económicas a las empresas de la provincia de Cádiz, en régimen de libre concurrencia, será para promover su participación en la Feria Barcelona Wine Week 2027 que tiene lugar los días 8, 9 y 10 de febrero de 2027, en el recinto de Fira de Barcelona – Montjüic (Avda. Reina María Cristina, Barcelona). Esta convocatoria ofrece a las empresas beneficiarias la posibilidad de participar en dicha actuación haciendo una aportación (previa a la entidad del Consejo Regulador del Vino de Jerez y la Manzanilla) del 40% que sumarían 1.428,85 € (coste del stand sin ayuda 3.572,13€), costeando de esta forma el 60% restante, siendo un total de 2.143,28€.

La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Jerez de la Frontera y el Consejo Regulador del Vino y la Manzanilla, participan como organizadoras en la actuación Participación en la Feria Barcelona Wine Week 2027, subvencionado por el Programa DipuInnova dentro del Área de Planificación, Coordinación y Desarrollo Estratégico de la Excma. Diputación de Cádiz.

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de empresas de la Provincia de Cádiz en la actuación Participación en la Feria Barcelona Wine Week 2027 que se desarrollará del 8 al 10 de febrero de 2027. Esta actuación va dirigida a empresas acogidas a las Denominaciones de Origen: Vinos de Jerez y Manzanilla y, la IG Vinos de Cádiz.

Requisitos de los Beneficiarios

La actuación Participación en la Feria Barcelona Wine Week 2027, va dirigida a empresas de la Provincia de Cádiz cuyas necesidades del sector tengan relación con el comercio exterior o que deseen consolidar sus departamentos de comercio exterior, abrir mercados en el exterior o utilizar cualquiera de los instrumentos contemplados en el detalle de gastos elegibles como herramienta para aumentar o consolidar sus ventas en el mercado en cuestión.

Las condiciones imprescindibles para optar al programa de ayudas son:

  • Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas. (Esta actuación va dirigida a empresas del sector vitivinícola, elaboración y/o comercialización de vinos y bebidas espirituosas) Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023. No obstante, las empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos en el párrafo anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado y estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
  • Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de Provincia de Cádiz, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con em mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Aportación de la siguiente documentación junto con el formulario de solicitud de participación en la Convocatoria:

  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica). (En caso de representación mancomunada se deberán aportar los DNI de los apoderados que representen a la empresa para este trámite) –

Además, en el caso de personas jurídicas:

  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Copia tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, solicitado a efectos de obtener subvenciones.
  • Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social expedido por la TGSS, solicitado a efectos de obtener subvenciones.
  • Certificado de Situación Censal expedido por la AEAT, en el que se indique el centro operativo del solicitante y actividades económicas efectivamente desarrolladas, así como su antigüedad.

El número máximo de empresas beneficiarias previsto asciende a 20, de las cuales 15 corresponden al Marco de Jerez y 5 a Vinos de Cádiz.

Presentación de Solicitudes

El texto de la convocatoria y sus anexos están disponibles en la Web de la Cámara de Jerez (www.camarajerez.es). El plazo para la presentación de solicitudes se abre a las 09:00 h del día 06/11/2026 y finaliza el 13/11/2026 a las 14:00 h (o antes en caso de que se hayan cubierto las plazas). Los interesados sólo podrán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario (cuya apertura y cierre corresponderá a las fechas anteriormente mencionadas), publicado en la Web de la Cámara de Comercio de Jerez (https://camarajerez.es/participacion-en-feria-barcelona-wine-week-2027/). Solo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa. Los beneficiarios se seleccionarán atendiendo a los criterios de entidad/empresa cuya actividad esté acorde con la finalidad del proyecto y de la actuación, así como atendiendo al orden de llegada de las solicitudes. A la hora de la aportación de la documentación, cualquier documento en blanco (sin cumplimentar) y/o campo sin rellenar, será considerado motivo de anulación de la solicitud.

Procedimiento de Concesión, Criterios de selección y Resolución

La concesión de ayudas respetará los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, igualdad y no discriminación y estará limitada a las disponibilidades presupuestarias. La evaluación de solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa se realizará por estricto orden de registro de entrada, a través del formulario habilitado en la Web de la Cámara de Comercio de Jerez (https://camarajerez.es/participacion-en-feria-barcelona-wine-week-2027/), una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos y/o las posibles subsanaciones (en función del cumplimiento de los criterios atendidos de entidad/empresa cuya actividad esté acorde con la finalidad del proyecto y de la actuación, así como atendiendo al orden de llegada de las solicitudes) hasta que se hayan cubierto el número de plazas asignadas en la presente Convocatoria. Para dar por formalizada la inscripción, se comunicará a la empresa al correo electrónico indicado en la solicitud de participación, que su solicitud ha sido aceptada.

Desde ese momento, dispondrá de un período de 3 días para realizar el pago a la entidad que se indique en dicho correo electrónico, siguiendo las instrucciones dadas en el correo donde se indica la aceptación de su solicitud. En caso de no realizar el pago en el plazo establecido la empresa perderá el derecho a la plaza y a volver a presentar la solicitud. El Departamento de Comercio Exterior de la Cámara de Comercio de Jerez será el instructor del procedimiento, mientras que Secretaría General-Dirección Gerencia de la Cámara de Comercio de Jerez será el órgano competente para su resolución. La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través del correo electrónico indicado en su solicitud.

El listado de admitidos, denegados y lista de espera de la convocatoria podrá consultarse desde el siguiente enlace: (https://camarajerez.es/participacion-en-feria-barcelona-wine-week-2027/) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración tutelante de la Cámara de Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 36 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado el recurso, pudiendo interponer el interesado en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo.

Formulario de inscripción

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